lunes, 22 de febrero de 2016

Informe de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA)

 Interesante resumen de la acciones tomadas pr la AICA en el 2015, donde se pueden observar que se pusieron casi 300 sanciones por incumplir la Ley de la Cadena Alimentaria, de un total de 3100 operaciones comerciales controladas en las 751 inspecciones realizadas a empresas o establecimientos. Acumulando el sector de la fruta y la hortaliza un 63 % de las sanciones, seguidos de lejos por el sector lácteo con un 31 %. Lo que claramente nos lleva a la reflexión de que aún nos queda mucho por mejorar.
     La distribución mayorista sigue siendo el punto más frágil y vulnerable por organización, por intereses y en definitiva por no hacer bien su trabajo, encontrando más del 50 % de los expedientes sancionadores abierto, la mayoría detectadas en los operadores asentados en los Mercas.
     En cuento a la distribución minorista comentar que según este informe, las cosas pese a no hacerse mal del todo, siguen con graves deficiencias  pues se encuentran con 47 expedientes (22 en supermercados, 19 en tiendas de descuentos, 3 en tiendas tradicionales y otras 3 en hipermercados).
     Con respecto a las industrias alimentarias comentar que éstas cuentan con un 16 % de los incumplimientos totales (13 sector lacteo, 8 en frutas y hortalizas, 6 en aceites de oliva, 5 en pimentón, 2 en vino y 1 en aceituna y carnicos)


Informe AICA

sábado, 13 de febrero de 2016

La nueva versión de GlobalG.A.P. ya está aquí.

      No falta demasiado para las cosechas de primavera y/o verano de este año, si eres productor no certificado hasta la fecha, no te debe asustar la siguiente información, pues todos los requisitos serán nuevos para su explotación, pero si ya te encontrabas certificado bajo este protocolo, debes de saber que la nueva versión 5.0 será obligatoria desde el 1 de julio de 2016 (pese a que está en vigor desde el 1 de julio del pasado año). Lo que implica, como hemos comprobado en las anteriores revisiones que debemos de hacer un pequeño esfuerzo más para poder certificarnos, pero ... nada que no se pueda asumir .
     Esta nueva versión cuenta con 218 puntos de control (87 Obligaciones Mayores, 113 Obligaciones Menores y 18 recomendaciones), lo que significa que hay dieciocho (18) puntos de control menos que en anterior, pero ... esto no supone que nos hayamos librado de ellos, solo es una re-formulación de las exigencia, pues se incluyen 24 nuevos requisitos:

   *  5 Obligaciones Mayores:
    o Declaración de Política de Seguridad Alimentaria (V5 AF 15.1).
    o El cumplimiento de las restricciones de uso de agua legales aplicables (V5 CB 5.4.2).
    o El análisis de riesgos se centró en la contaminación microbiológica (V5 FV 1.1.1).
    o Plan de acción para el control de riesgos microbiológicos (V5 FV 1.1.2).
    o Control para evitar la contaminación del producto a través de la utilización del agua (V5 FV 4.1.3).

     * 11 Obligaciones Menores:
     o Transporte de Trabajadores en la vía pública de acuerdo a la legislación (V5 AF 4.5.5).
     o La celebración de las zonas de los tanques de combustible y aceite ecológico y seguro (V5 AF                    6.2.3).
     o El cumplimiento de las leyes de propiedad intelectual adecuados para las variedades (V5 CB 2.1.2).
     o Evaluación plan de gestión del agua de Riesgos (V5 CB 5.2.1) ----- Mayor a partir del 1/07/2017.
     o Los registros de las condiciones meteorológicas en el momento de las aplicaciones PPP (V5 CB 7.3.7).
     o Prevención de la dispersión de pesticidas a las áreas vecinas (V5 CB 7.3.8).
     o Transporte seguro de concentrado de PPP en la granja (V5 CB 7.8.3).
     o Verificación y calibración de equipo no inocuidad de los alimentos sensibles (V5 CB 8.2).
     o El almacenamiento seguro de los equipos de aplicación de PPP (V5 CB 8.4).
     o Análisis de la calidad microbiológica del agua basado en la evaluación de riesgos (V5 FV4.1.2). ---- Mayor a partir del 1/07/2016.

     * 8 Nuevas Recomendaciones.
     o Eliminación segura de agua utilizada para el lavado y limpieza de los equipos  
        (V5 AF 6.2.5).
     o Mejora de la Eficiencia Energética (V5 AF 7.3.2).
     o Reducir el uso de fuentes de energía no renovables (V5 AF 7.3.3).
     o Medidas para recoger y reciclar agua (V5 AF 7.4.1).
     o Evaluación de la vulnerabilidad alimentaria Fraude (V5 AF 16.1).
     o Plan de mitigación de Fraude de Alimentos (V5 AF 16.2).
     o Instalaciones de almacenamiento de agua en buen estado para aprovechar los períodos de máxima la disponibilidad de agua (V5 CB 5.5.1).
     o Medidas para prevenir la deriva de la pulverización de las parcelas vecinas (V5 CB 7.3.9).

 Nota.- Toda la documentación extraída de http://www.globalgap.org/es.

lunes, 1 de febrero de 2016

Abierto el plazo para presentar solicitudes de pagos directos de la PAC de la campaña de 2016

     A partir de hoy se inicia la campaña de solicitud de ayudas de la PAC para este 2016, la cual durará hasta el 30 de abril. Según datos oficiales la cuantía de la misma asciende a 4.911 millones de euros los cuales podrán abonar en forma de anticipos a mediados del próximo mes de octubre y el saldo a partir del uno de diciembre (al menos eso es lo oficial, otra cosa bien distinta será la realidad con la que se encontrarán los agricultores).

     Mediante esta solicitud se podrán solicitar todas sus ayudas a la vez, hecho que desde el MAGRAMA resaltan y hace bastante hincapié en la importancia de cumplimentar correctamente esta solicitud y presentarla en fecha para evitar las más que posibles penalizaciones o incluso la no percepción de ninguna ayuda por estos motivos. Ni que decir tiene que cada solicitud debe ir dirigida a la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que se encuentre la explotación o mayor parte de la misma (en caso de trashumancia deberá presentarse en la comunidad autónoma en la que se encuentren mayor número de animales .

     Todas las ayudas directas se encuentran desglosadas Real Decreto 1075/2014, de 19de diciembre, en la cual se describen los requisitos necesario para poder optar a cada ayuda.

     Este año al igual que en la campaña anterior, para poder cobrar las ayudas, se exigirá el cumplimiento de la figura del agricultor activo, con lo que la autoridad competente deberá comprobar datos fiscales del beneficiario (previa aceptación por parte del solicitante mediante la indicación de este consentimiento en su impreso de solicitud). Además debemos también recordar a la hora de rellenar nuestra solicitud que debemos indicar la solicitud de derechos para la Reserva Nacional de Pago Básico (en el caso de ser jóvenes agricultores y agricultores y/o ganaderos que se incorporan a la actividad agraria y que cuentan con una formación y/o capacitación en el ámbito agrario).

     Destacar también que este es el primer año en el que los titulares a los que se les haya comunicado en el pasado año que pertenecen al régimen de pequeños agricultores deberán solicitar su ratificación de participación en dicho régimen y en base a la misma (como único requisito encontramos que debe de tener el mismo número de hectáreas que el número de derechos de pago básico que se les asignara en la campaña anterior).

     Por último recordar que la superficie que se debe declarar debe concordar con la que la que aparece reflejada en el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y en caso de que éste presente no refleje la realidad, el solicitante de la PAC debe de indicarlo en su solicitud a la vez que deberá de solicitar los pertinentes cambios a la administración a través de una alegación en fecha y forma pues de no hacerlo, al igual que en campañas anteriores, puede dar luga a una reducción o perdida de la ayuda solicitada, especialmente si incluye elementos que no son subvencionables.